SON TRABAJADORES DE INVERSIONES Y NO DE LA COMUNIDAD...
Cada vez más, se cierra el cerco en relación a nuestro legítimo interés de pagar sólo los trabajadores que trabajan en las zonas comunes, y se dediquen al mantenimiento, ha de entenderse físico, del edificio, ninguno cuyas funciones sean propias de gestión turística: recepcionistas, valet, mantenimiento de apartamentos en explotación, socorristas, etc.
La Junta Rectora de nuestra Comunidad de Propietarios, se ha mostrado siempre, como "benefactora" de los intereses de la empresa explotadora, INVERSIONES JARDÍN TROPICAL, S.L., hasta el punto de convencer al nuevo gerente de dicha empresa (dicho por él mismo), que es la Comunidad de Propietarios la que debe pagar los salarios de estos trabajadores, sus trabajadores. Otro ejemplo más de lo que podría considerarse administración desleal de esta Junta Rectora, sin obviar, la responsabilidad de dicho gerente, como cómplice necesario en este despropósito.
Acaba de pronunciarse el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO SOCIAL, respecto de la extinción e indemnización, de varios trabajadores de Inversiones, entre los cuales hay dos recepcionistas (includos en el presupuesto de nuestra Comunidad) y dos valet (uno de ellos también incluido en el presupuesto de nuestra Comunidad), declarando como hechos probados, que dichos trabajadores prestan sus servicios por cuenta de la entidad INVERSIONES JARDIN TROPICAL, S.L., y previamente, el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9, como fundamento de derecho, concreta que "...no consta título alguno de imputación de responsabilidad frente a la Comunidad de Propietarios Jardín del Atlántico, ...al no ostentar la citada Comunidad el carácter de empleador o ni haber asumido la responsabilidad derivada de la prestación de servicios de los hoy demandantes".
Prueba inequívoca de que estos trabajadores son y han sido siempre, desde que fueron subrogados el cuatro de marzo de mil novecientos noventa y ocho, por la entidad EXPLOTACIONES TURÍSTICAS JARDIN DEL ATLÁNTICO, S.L., a INVERSIONES JARDÍN TROPICAL, S.L., empleados y responsabilidad de ésta última, conviertiendo el hecho de aprobar como gastos, en los presupuestos de nuestra Comunidad, el pago de los salarios, y pluses según convenio de estos trabajadores, en una presunta estafa o en una presunta sesión ilegal de trabajadores, por parte de la Junta Rectora de nuestra Comunidad de Propietarios.
Quedan pues, desbaratadas todas las artimañas y sus infundadas argumentaciones, realizadas por el presidente y el secretario, a la vez que asesoría jurídica de nuestra Comunidad de Propietarios, de la obligación de abonar los salarios y pluses de estos empleados de la empresa INVERSIONES JARDÍN TROPICAL, S.L., habiéndonos costado en los últimos años, una auténtica barbaridad de dinero, y por consiguiente, encareciendo la cuota mensual de participación, hasta la cantidad de 213,16€ a la mayoría de los apartamentos.
Esperemos, que después de este hecho, demuestren tener un poco de vergûenza y convoquen cuanto antes una Junta General de Propietarios y dimitan irrevocablemente, por su empecinamiento y los daños causados a todos los propietarios.
Acaba de pronunciarse el TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO SOCIAL, respecto de la extinción e indemnización, de varios trabajadores de Inversiones, entre los cuales hay dos recepcionistas (includos en el presupuesto de nuestra Comunidad) y dos valet (uno de ellos también incluido en el presupuesto de nuestra Comunidad), declarando como hechos probados, que dichos trabajadores prestan sus servicios por cuenta de la entidad INVERSIONES JARDIN TROPICAL, S.L., y previamente, el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 9, como fundamento de derecho, concreta que "...no consta título alguno de imputación de responsabilidad frente a la Comunidad de Propietarios Jardín del Atlántico, ...al no ostentar la citada Comunidad el carácter de empleador o ni haber asumido la responsabilidad derivada de la prestación de servicios de los hoy demandantes".
Prueba inequívoca de que estos trabajadores son y han sido siempre, desde que fueron subrogados el cuatro de marzo de mil novecientos noventa y ocho, por la entidad EXPLOTACIONES TURÍSTICAS JARDIN DEL ATLÁNTICO, S.L., a INVERSIONES JARDÍN TROPICAL, S.L., empleados y responsabilidad de ésta última, conviertiendo el hecho de aprobar como gastos, en los presupuestos de nuestra Comunidad, el pago de los salarios, y pluses según convenio de estos trabajadores, en una presunta estafa o en una presunta sesión ilegal de trabajadores, por parte de la Junta Rectora de nuestra Comunidad de Propietarios.
Quedan pues, desbaratadas todas las artimañas y sus infundadas argumentaciones, realizadas por el presidente y el secretario, a la vez que asesoría jurídica de nuestra Comunidad de Propietarios, de la obligación de abonar los salarios y pluses de estos empleados de la empresa INVERSIONES JARDÍN TROPICAL, S.L., habiéndonos costado en los últimos años, una auténtica barbaridad de dinero, y por consiguiente, encareciendo la cuota mensual de participación, hasta la cantidad de 213,16€ a la mayoría de los apartamentos.
Esperemos, que después de este hecho, demuestren tener un poco de vergûenza y convoquen cuanto antes una Junta General de Propietarios y dimitan irrevocablemente, por su empecinamiento y los daños causados a todos los propietarios.
Comentarios
De todos modos, ya queda menos para que se celebre el juicio.
Blas Padrón.
Ahora es cuando tendrá que dar explicaciones de todo el dinero que nuestra comunidad ha pagado y sigue pagando, supuestamente indebidamente, a la empresa que explota el complejo.
El máximo responsable de esta situación anómala es el Presidente por lo que le corresponde a él parar de inmediato estos pagos y recuperar todo el dinero que, por su culpa, se ha abonado a la empresa explotadora.